17 Jan Actualización de los coeficientes para la comprobación de los valores de los bienes inmuebles
La Agencia Tributaria de Catalunya (ATC) ha publicado la instrucción de comprobación de bienes inmuebles para el año 2019, mediante la que actualiza los coeficientes para evitar una comprobación prioritaria.
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), la base imponible resulta el valor real de los bienes y derechos transmitidos, concepto equiparado, por la sentencia de 5 de octubre de 1995 del Tribunal Supremo, con el valor de mercado.
Con tal de determinar qué valoraciones llevadas a cabo por los contribuyentes deben ser objeto de comprobación prioritaria por parte de la ATC, la Administración publica anualmente un sistema de cálculo basado en la aplicación sobre el valor catastral de la finca, de un coeficiente de actualización considerando la localización del bien.
Los bienes que pueden ser objeto de valoración mediante los coeficientes de referencia resultan los siguientes: inmuebles urbanos, terrenos y construcciones rústicas y amarraderos en puertos deportivos.
Como novedades, la instrucción aplicable para este 2019 introduce las siguientes:
- Calificación de los inmuebles por su uso: genérico, aparcamiento o comercial. En función del uso que se dé al inmueble se aplicarán unos coeficientes u otros.
- Incremento generalizado de los coeficientes aplicables a los inmuebles de uso genérico y residencial.
- En Barcelona, se establecen distintos coeficientes dependiendo de la localización de los bienes inmuebles y del código postal, siendo el mínimo de 2,00 y el máximo de 2,76, lo cual supone una diferencia sustancial respecto de 2018, año en el que el coeficiente máximo quedó establecido en 2,00.
- Esta circunstancia también afecta a otros municipios, tales como Badalona, l’Hospitalet de Llobregat, Manresa, Sant Cugat del Vallés, Girona, Lleida o Tarragona, entre otros.
Puede consultar la instrucción de comprobación de bienes inmuebles para el año 2019 en el siguiente enlace:
http://atc.gencat.cat/ca/normativa-i-criteris/valoracions-immobiliaries/instruccions-comprovacio-valors/icv2019/