NOVEDADES EN ITPAJD

NOVEDADES EN ITPAJD

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (ITPAJD)

En fecha 11 de julio de 2019, la Generalitat de Catalunya publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Decreto ley 12/2019, de 9 de julio, de medidas urgentes en materia tributaria y de lucha contra el fraude fiscal.

El Decreto ley de referencia modifica el tipo impositivo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en la modalidad de la cuota gradual de los Actos Jurídicos Documentados (AJD), elevándolo del 1,5% al 2% en el supuesto de documentos que formalicen préstamos o créditos hipotecarios en los que resulte sujeto pasivo el prestamista.

Debe tenerse en cuenta que el Gobierno, en fecha 9 de noviembre de 2018, publicó el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre, por el que se modifica el Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de24 de septiembre, en virtual del cual estableció que, “cuando se trate de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista”, es decir, el banco y no el prestatario o particular como había venido regulándose hasta la fecha.

Por lo tanto, el incremento del tipo impositivo del AJD del 1,5% al 2% en los supuestos de formalización de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria repercute directamente a los prestamistas, por cuanto los mismos son los sujetos pasivos del Impuesto.